Hacienda recula parcialmente: permite deducciones por SMI a 300.000 autónomos pero excluye a otros 200.000
El Ministerio de Hacienda ha rectificado su propuesta inicial tras una denuncia de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), extendiendo las deducciones por la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a los autónomos en estimación directa, lo que beneficia a al menos 300.000 de ellos, aunque deja fuera a otros 200.000 que tributan en estimación objetiva o por módulos.[1]
La propuesta original limitaba la deducción a contribuyentes que tributan a los tipos de gravamen del apartado 1 del artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y cuyos gastos de personal superen el 70% de los gastos del resultado de explotación según el Código de Comercio, excluyendo inicialmente a más de 500.000 autónomos empleadores.[1]
Tras la corrección, fuentes ministeriales confirman que la medida se extiende a autónomos en estimación directa, pero no alcanza a los que usan estimación objetiva.[1]
Hacienda mantiene abierta la negociación y podría incluir más modificaciones, aunque la propuesta actual establece una reducción creciente en función del incremento de la plantilla: inferior al 5% otorga una deducción del 25%, mientras que un aumento igual o superior al 15% permite el 100%.[1]
El importe de la reducción se calcula multiplicando por 0,25 la subida bruta del SMI en el año de inicio del periodo impositivo para los trabajadores al SMI, siempre que el aumento de plantilla no supere el 5%.[1]
Para aplicar la deducción, la plantilla media total al final del periodo impositivo debe mantenerse o incrementarse respecto al inicio, y sostenerse durante los dos años posteriores.[1]
En caso de incumplimiento, se regularizarán las cantidades indebidamente reducidas con intereses de demora.[1]









