Proyecto de Ley de Estados de Excepción limita su aplicación a cuatro causales

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La Cámara de Senadores aprobó el proyecto de Ley de Regulación de Estados de Excepción y lo remitió a la Cámara de Diputados para continuar su tratamiento legislativo. La iniciativa establece el marco jurídico para la aplicación de esta figura constitucional y define los procedimientos que deberán seguir las autoridades en caso de una situación extraordinaria.

De acuerdo con el texto aprobado, los estados de excepción únicamente podrán declararse por cuatro causales: peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o desastres naturales. La declaratoria deberá ser emitida por el Órgano Ejecutivo mediante decreto supremo, precisando el alcance territorial y el tiempo de vigencia de la medida, la cual deberá ser remitida a la Asamblea Legislativa para su consideración en un plazo máximo de 72 horas.

Durante el debate en la Cámara Alta se incorporó una modificación relacionada con la participación del Ministerio Público. El nuevo artículo establece que la institución debe ejercer sus funciones durante la vigencia de un estado de excepción; sin embargo, su ausencia no impedirá que las fuerzas del orden ejecuten acciones urgentes destinadas a preservar la seguridad o atender la emergencia.

El presidente del Senado, Diego Ávila, señaló que la inclusión de esta disposición busca garantizar la presencia del Ministerio Público dentro del marco de sus competencias, aunque aclaró que las actuaciones inmediatas de la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas no quedarán paralizadas en caso de que un fiscal no se encuentre presente en el lugar de los hechos.

La propuesta legislativa busca establecer reglas claras para la aplicación de los estados de excepción, delimitando sus alcances y mecanismos de control, con el objetivo de adecuar su ejecución a los principios establecidos por la Constitución Política del Estado.

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