La Unión Europea pospone hasta marzo de 2028 la aplicación del reglamento sobre rastreo de material de abuso sexual infantil
El Parlamento Europeo y el Consejo han acordado prorrogar la entrada en vigor de las disposiciones transitorias que permiten a los proveedores de servicios de comunicación interpersonal utilizar tecnologías para la detección y notificación de material de abuso sexual infantil. Esta medida extiende el marco legal actual que facilita a las plataformas digitales el escaneo de contenidos hasta el 31 de marzo de 2028.
El objetivo de esta prórroga es mantener la capacidad operativa de las empresas tecnológicas en la lucha contra la pornografía infantil mientras las instituciones europeas continúan los trabajos legislativos para alcanzar un acuerdo definitivo sobre el reglamento destinado a prevenir y combatir esta tipología delictiva. La normativa vigente se limita a permitir el uso voluntario de herramientas de detección por parte de los proveedores, un mecanismo que ha sido objeto de debate en las instancias comunitarias ante la necesidad de equilibrar la seguridad con la privacidad de los usuarios.
La decisión de extender el plazo hasta 2028 responde a la falta de consenso definitivo sobre la propuesta conocida como reglamento de abuso sexual infantil, que ha enfrentado divergencias entre los Estados miembros y la Eurocámara en aspectos técnicos y jurídicos sobre los métodos de rastreo. La prórroga asegura la continuidad de las herramientas de detección existentes en el entorno digital, garantizando que los servicios de mensajería y almacenamiento no pierdan la base legal que les permite cooperar con las autoridades competentes en la identificación de material ilegal hasta que se establezca un marco regulatorio permanente.









