La justicia ordena a las petroleras notificar los aumentos de combustibles a la Secretaría de Energía
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 8 emitió una resolución que obliga a las empresas del sector petrolero a informar previamente a la Secretaría de Energía de la Nación sobre cualquier ajuste en los precios de las naftas y el gasoil. El fallo surge tras una presentación realizada por la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines de la República Argentina, conocida como Cecha, la cual argumentó que la falta de notificación previa vulnera los derechos de los operadores y dificulta la planificación comercial.
La medida judicial establece que las compañías deberán comunicar con una antelación mínima de 72 horas cualquier modificación en los valores de venta al público. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar mayor previsibilidad en el mercado de combustibles y asegurar el acceso a la información para los actores involucrados en la cadena de comercialización.
Hasta el momento, los aumentos en las estaciones de servicio se aplicaban de manera directa, sin una instancia de consulta o aviso formal hacia el organismo regulador o los estacioneros. El magistrado consideró que existe un derecho de las cámaras empresarias a conocer las actualizaciones tarifarias con la debida antelación para adecuar sus sistemas de facturación y gestión operativa.
La resolución no interviene sobre la facultad de las empresas para establecer los precios finales, dado que el mercado de combustibles en el país se encuentra desregulado. El alcance de la medida se limita a la exigencia procedimental de transparencia informativa ante la autoridad de aplicación. La Secretaría de Energía deberá ahora establecer los canales técnicos para recepcionar estas notificaciones de manera fehaciente antes de que los nuevos cuadros tarifarios entren en vigencia.









