Hacia la autonomía municipal: el caso de San Cayetano y la redacción de su carta orgánica
El intendente de San Cayetano, Miguel Gargaglione, impulsa un proceso de autonomía local mediante la redacción de la primera carta orgánica municipal de la provincia de Buenos Aires. Esta iniciativa busca aprovechar la potestad otorgada por el artículo 123 de la Constitución Nacional, que garantiza a los municipios la autonomía institucional, política, administrativa, económica y financiera. A pesar de que la Constitución de la provincia de Buenos Aires aún no ha sido adaptada a este precepto nacional, el municipio ha convocado a una consulta popular para avanzar con la elección de convencionales constituyentes que tendrán a su cargo la redacción del texto fundamental de la comuna.
El proyecto se fundamenta en la necesidad de modernizar la gestión local y dotar al municipio de herramientas jurídicas propias para su administración. La sanción de una carta orgánica permitiría a San Cayetano establecer su propio régimen electoral, la estructura de sus poderes, la gestión de sus recursos financieros y la organización de sus servicios, superando las limitaciones impuestas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, un cuerpo normativo con más de seis décadas de vigencia.
La propuesta ha generado debate en el ámbito político bonaerense debido a la disparidad entre la norma provincial y la federal. Mientras la Constitución Nacional reconoce la autonomía municipal como un derecho esencial, la provincia de Buenos Aires mantiene un esquema de descentralización administrativa que no llega a constituir una plena autonomía. En este contexto, la iniciativa de San Cayetano funciona como una instancia de prueba para dirimir si los municipios bonaerenses poseen la facultad de dictar sus propias normas fundacionales.
El proceso requiere la aprobación del Concejo Deliberante y la participación ciudadana mediante el voto. La implementación de una carta orgánica propia implica que el municipio asumiría competencias adicionales y una mayor responsabilidad en la gestión del gasto público y la recaudación, elementos que desde una perspectiva de eficiencia administrativa son consistentes con la descentralización de recursos y la rendición de cuentas directa ante los contribuyentes locales. La resolución de este conflicto legal sentará un precedente significativo para el resto de los distritos bonaerenses que actualmente dependen de la estructura jerárquica y normativa provincial.









