El Senado aprueba la Ley de Inocencia Fiscal: fin a la hostilidad parasitaria del Estado contra los contribuyentes

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El Senado aprueba la Ley de Inocencia Fiscal: fin a la hostilidad parasitaria del Estado contra los contribuyentes

El Senado de la Nación convirtió en ley el proyecto de Inocencia Fiscal con 43 votos a favor y 26 en contra, en una sesión nocturna del viernes posterior a la aprobación del Presupuesto 2026. Esta reforma modifica el Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), los Procedimientos Fiscales (Ley 11.683) y el Código Civil y Comercial, además de crear un Régimen de Declaración Jurada Simplificada, con el fin de actualizar umbrales desfasados por la inflación y restablecer el principio de inocencia para los contribuyentes de buena fe.

Los umbrales para evasión simple, penada con dos a seis años de prisión, se elevan de 1.500.000 pesos a 100.000.000 pesos. Para evasión agravada, con penas de tres años y seis meses a nueve años de cárcel, el monto mínimo pasa de 15.000.000 pesos a 1.000.000.000 pesos. En casos que involucren personas interpuestas, estructuras o jurisdicciones no cooperantes para ocultar al responsable, el umbral sube de 2.000.000 pesos a 200.000.000 pesos. El uso de facturas falsas genera penalidad si el perjuicio supera los 100.000.000 pesos, en lugar de los 1.500.000 pesos actuales.

La norma establece que el contribuyente se presume cumplidor salvo prueba en contrario, concentrando controles en maniobras dolosas graves y reduciendo la presión penal sobre casos de buena fe. Si prescriben las facultades del fisco para exigir tributos, se extingue la acción penal asociada. En causas iniciadas, el contribuyente puede extinguirla pagando la deuda total más un 50 por ciento adicional, una sola vez por persona o empresa, dentro de los 30 días.

Se acotan plazos de prescripción a tres años para cumplidores habituales, cinco años en ciertos casos y diez años para no inscriptos. El impuesto en el régimen simplificado se calcula sobre facturación, no sobre evolución patrimonial, con declaraciones confeccionadas por AFIP basadas en datos disponibles; el pago en término libera de otras obligaciones formales salvo errores graves. Se eliminan presunciones automáticas de evasión por discrepancias patrimoniales y se prohíben investigaciones por consumos sin justificación de origen.

El senador Juan Carlos Pagotto, de La Rioja y titular de la comisión de Justicia, explicó que la inflación generó un sistema anacrónico con asimetrías que lesionan a contribuyentes por discrepancias entre declaraciones y presunciones de AFIP. Pagotto destacó que esta no es una ley eterna, sino una corrección temporal para un desbarajuste inflacionario que deja desactualizados los umbrales. El Ejecutivo se comprometió a reforzar normas sobre multas automáticas, pese a incrementos superiores al 110.000 por ciento criticados por la oposición, para evitar impactos en pymes.

La iniciativa busca incorporar dólares del colchón al sistema formal, brindando previsibilidad y reduciendo riesgos penales, tras análisis con especialistas en derecho tributario, penal y lavado. AFIP publicará anualmente los montos actualizados. El debate previo enfrentó obstrucciones de la oposición, que dejó sin quórum sesiones convocadas por Pagotto.

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