Administración Federal de Ingresos Públicos extiende el plazo para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias

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Administración Federal de Ingresos Públicos extiende el plazo para la presentación de declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha oficializado la prórroga de los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias y del impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2023. La medida fue comunicada a través de la Resolución General 5543 publicada en el Boletín Oficial. Las obligaciones, que originalmente debían cumplirse durante el mes de agosto, han sido trasladadas para finales de dicho mes, extendiéndose desde el 26 hasta el 28 de agosto según la terminación del número de CUIT del contribuyente. Esta disposición alcanza tanto a las personas humanas como a las sucesiones indivisas. El organismo estatal fundamentó la decisión en la necesidad de facilitar a los contribuyentes y a los profesionales en ciencias económicas el cumplimiento de sus deberes fiscales, considerando los cambios introducidos recientemente en la normativa tributaria y la implementación de las modificaciones en el esquema del impuesto a las Ganancias. El calendario definitivo establece que los contribuyentes cuyo CUIT finalice en 0, 1, 2 y 3 deberán presentar la declaración el 26 de agosto. Aquellos con terminación en 4, 5 y 6 lo harán el 27 de agosto, mientras que los CUIT terminados en 7, 8 y 9 tendrán como fecha límite el 28 de agosto. Los pagos correspondientes a las declaraciones juradas deberán efectuarse hasta el día hábil siguiente al vencimiento fijado para la presentación.

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