Actualización del régimen de aportes sobre salarios en convenios colectivos
El Gobierno nacional oficializó una modificación en la base de cálculo para los aportes y contribuciones de seguridad social correspondientes a los trabajadores comprendidos en convenios colectivos de trabajo. A través del Decreto 1105/2024, publicado en el Boletín Oficial, se establece que las bases imponibles mínima y máxima para el cálculo de los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino se ajustarán mensualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor publicado por el INDEC. Esta medida elimina el mecanismo de actualización basado en el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables que se aplicaba anteriormente. La normativa determina que el nuevo sistema de actualización comenzará a regir a partir de los haberes devengados en el mes de octubre de 2024. El decreto establece que las bases imponibles serán actualizadas de forma acumulativa mes a mes considerando la inflación registrada dos meses atrás, debido a los tiempos de publicación del índice oficial. Para el periodo devengado en octubre, se utilizará como referencia el Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de agosto de 2024. En caso de que el Índice de Precios al Consumidor resulte inferior al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables vigente en el mes anterior, se aplicará el valor más alto entre ambos para proteger el nivel de las prestaciones. La reglamentación especifica que la Administración Federal de Ingresos Públicos queda facultada para dictar las normas complementarias necesarias para la implementación de esta medida. El objetivo del Gobierno al implementar este cambio es vincular la actualización de las bases imponibles a una variable que refleje la evolución de los precios, estableciendo un parámetro de previsibilidad para los aportes patronales y de los trabajadores en el marco de la seguridad social.









